Invertir (fácilmente) en el futuro: todas las ventajas de un fondo de pensiones abierto

Aunque ahora se considera una necesidad, la decisión de invertir en pias complementarias se ve a menudo obstaculizada por el miedo a tener que suscribir fórmulas demasiado vinculantes e inaccesibles: sin embargo, existe un medio fácil y asequible de ahorrar para la jubilación, y es el fondo de pensiones abierto.


 


¿Qué es?


 


Se trata de un producto de previsión privado que le permite acumular una pensión complementaria, incluso con independencia de su puesto de trabajo, mediante el pago periódico de cotizaciones.


 


Creados por bancos, compañías de seguros, sociedades gestoras de activos (SGR) y sociedades de valores (SIM), los fondos de pensiones abiertos también son adecuados para quienes tienen una baja disponibilidad económica o una capacidad de ingresos discontinua en el tiempo y hoy representan una excelente solución para los trabajadores autónomos, porque les permiten invertir en su futuro, construyendo una pensión a medida y superando así los límites del sistema actual.


 


Y no sólo eso, sino que contar con una pensión complementaria supone también asegurarse una hucha de la que poder disponer, que además puede resultar fundamental a lo largo de la vida laboral para hacer frente a cualquier dificultad o necesidad personal, como los gastos de salud, la compra y renovación de la primera vivienda o el desempleo.


 


Fondo de pensiones abierto: ¿cuáles son las ventajas?


 


En comparación con otras formas de pensión complementaria, el fondo de pensiones abierto tiene varias ventajas, algunas de las cuales no son muy conocidas: entre ellas, la flexibilidad y la portabilidad.


 


La afiliación individual al fondo de pensiones abierto se basa, de hecho, en las necesidades del suscriptor, a veces incluso mediante fórmulas que permiten pagos libres, tanto en términos de cantidad como de calendario, y por lo tanto se puede personalizar según las necesidades individuales. También es posible afiliarse pagando únicamente la indemnización por despido, sin obligación de realizar pagos periódicos.

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