Indemnizaciones por daños y perjuicios
La indemnización por daños y perjuicios consiste en la compensación económica por los daños y/o perjuicios producidos. Las indemnizaciones por este tipo de daños tienen un carácter reparador, es decir, se centra en el ámbito jurídico civil, no penal, cuyo fin se basa en reparar al perjudicado lo más aproximadamente posible a la situación en la que estaba antes de que ocurriera el evento dañoso que ha producido la situación del perjuicio cuantificable.
Existen dos tipos de responsabilidad:
- Responsabilidad civil contractual, que tiene lugar cuando existe un vínculo con la persona que causa dicho daño (causado por incumplimiento de cualquier tipo de contrato).
“Quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad, y los que de cualquier modo contravinieren al tenor de aquéllas.”
- Responsabilidad extracontractual, que tiene lugar cuando no se tiene ningún vínculo, ni nada personal con el causante del daño.
“El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”.
Indemnizaciones por daños y perjuicios
Daños patrimoniales o materiales: Son aquellos daños que afectan al patrimonio, ya sea en forma directa sobre las cosas que lo componen o indirecta como consecuencia de un daño causado a la persona en sí, en sus derechos o facultades.
Daños morales: Son todos aquellos extrapatrimoniales que afecta a algún elemento de la personalidad del individuo como puede ser honor, dignidad o que afecte a la persona por algún hecho producido y lleve consigo miedo, zozobra, inquietud, ansiedad, insomnio, etc.
Daño emergente: El daño emergente es la pérdida real, efectiva y acreditada que se produce tras una lesión. Es decir, está completamente demostrada su existencia y la indemnización corresponde a su valor económico.
Lucro cesante: Las indemnizaciones por el lucro cesante son los ingresos o ganancias que se han dejado de obtener como consecuencia de dicho daño. Se trata de un término difícilmente cuantificable puesto que consiste en la valoración económica de las pérdidas derivadas de ingresos que se van a dejar de obtener, lo que implica introducir una variable de probabilidad para analizar el perjuicio que se va a producir en un futuro.
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TAGS: daños y perjuicios, abogados
AUTOR: Estruch Abogados
EN: Sociedad