Los cargadores aumentan el control sobre la cadena del transporte para evitar el doble pago
El mercado del transporte de mercancías por carretera comienza a percibir los primeros efectos de la acción directa sobre el cargador principal, cuando se cumplen ocho meses de la entrada en vigor de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT). La norma contempla, para los supuestos de intermediación en la contratación del transporte, que el transportista efectivo pueda tener acción directa, por la parte que le haya sido impagada, contra el cargador principal y todos los que le hayan precedido en la cadena de subcontratación. Esto, a efectos prácticos, significa que independientemente de que el cargador sí que haya pagado, si el transportista final no ha cobrado, puede reclamar al cargador de la mercancía. De modo que si éste se ve obligado al doble pago, tendría que reclamar a los intermediarios que no han cumplido con su obligación en otro proceso jurídico diferente.
Todavía no hay ninguna sentencia al respecto, pero la concienciación sobre la trascendencia de la acción directa va ahondando entre los cargadores poco a poco, aunque todavía no es algo generalizado.
Los asesores aconsejan al cargador limitar o controlar al máximo, mediante cláusulas contractuales, la cadena de subcontratación
Las denuncias cursadas por los transportistas ya están calando entre los clientes principales que, por un lado, buscan cautela en la redacción de sus contratos para evitar la posibilidad del doble pago y, por otro, focalizan más la selección de sus proveedores.
Efecto disuasorio inmediato
Algunas de las reclamaciones han tenido un efecto inmediato en la materialización del pago, ya que el proceso se inicia cuando el transportista reclama el impago por escrito al intermediario comunicándole que, de no producirse el cobro en un determinado plazo, se le comunicará el incidente al cargador principal y se procederá a denunciar. Por eso, los expertos aconsejan al transportista reclamar al cargador en cuanto se produce el impago o la devolución de un pagaré o factura.
Este efecto disuasorio del impago se debe a dos razones. La primera, explicada por Jesús María Sánchez, asesor jurídico de la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM), en la que el cliente principal, al darse cuenta del riesgo que corre, presiona a su proveedor para que pague.
Los expertos animan a los transportistas a reclamar de inmediato el impago, porque los intermediarios pagan para evitar la denuncia al cargador.
La segunda, como apunta Lidón Serra, responsable del área Jurídica de Transcobro, empresa especializada en gestión de impagos, en la que el intermediario paga, en cuanto es advertido de que se hará una comunicación de denuncia al cargador principal, para evitar perder a su cliente. Y todo ello sólo cuando se han producido las primeras denuncias y no hay sentencia alguna todavía. “No hay duda de que la acción directa está teniendo un impacto positivo en los pagos”, afirma Ovidio de la Roza, presidente del Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC).
Primeras denuncias
Los largos plazos de pago que sufre el sector son la razón de que ahora y no antes se materialicen denuncias. “La cuestión va calando entre los cargadores, aunque todavía hay desconocimiento”, explica Antonio Monzó, coordinador de la Asociación de Transportistas Autónomos de Navarra (Tradisna). De hecho, las reclamaciones al cargador generaron, en un primer momento, extrañeza en este colectivo, pero “ahora ya son muchas las consultas de cargadores que atendemos para informarles de cómo evitar estas circunstancias”, asegura Alberto Emparanza, catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad del País Vasco y director académico de Cialt Asesores.
Los transportistas corroboran que las nuevas medidas surten efecto. Antonio Monzó, de Tradisna, lo explica así: “El cargador se asegura que el transportista ha cobrado antes de pagar al intermediario”. Además, a la mejoría en los pagos se suma una depuración del largo sistema de subcontratación, donde resulta complicado perseguir la gestión del impago. En este sentido, De la Roza indicó: “Es cierto que hemos notado una mejora. Hay cargadores que cuidan mucho más el proceso y han eliminado a subcontratistas que no le daban fiabilidad”. Por último, muy vinculados a la acción directa, están los plazos de pago, porque como recuerda Antonio Monzó “a más corto plazo de cobro, menos posibilidad de impago y de tener que aplicar la acción directa”. En este sentido, Jesús María Sánchez, de CETM, incide en que el aumento de la deuda es proporcional a la extensión del plazo: “Si te pagan a seis meses, cuando te devuelven el primer pagaré ya tienes una deuda muy importante acumulada y eso es un riesgo, tanto para el transportista efectivo como en el caso del cargador que ha subcontratado.”
(Extracto del reportaje publicado el 24/03/2004 por EL VIGIA “La carretera ya percibe el efecto positivo de la acción directa en el cobro y la subcontratación” / Sandra Lorente)