El abogado penalista y la relación con el cliente

Tradicionalmente se enseña que el momento inicial, el de la primera entrevista con el cliente, es decisivo para un correcto acercamiento, encaminado al conocimiento mutuo entre la parte que solicita asistencia y los Abogados de Penal en Barcelona en cuyas manos se pone el destino de la persona a él confiada.


 


 


También se afirma tradicionalmente que esta entrevista, así como las posteriores, deben tener lugar en el despacho del profesional, a fin de mantener la necesaria imagen de profesionalidad por parte de éste, que debe preservarse en el curso de la relación.


 


 


Esta regla general, en el ámbito penal, no siempre puede respetarse; de hecho, existen hipótesis en las que el cliente es un preso y, por lo tanto, el primer contacto se realiza en la prisión, o no se realiza directamente con el cliente, sino con sus familiares. Fuera de estas hipótesis, la entrevista debe tener lugar en persona con el interesado, y en el despacho del profesional.


 


 


En el plano formal, cuando ello sea posible, la mejor doctrina aconseja, en consonancia con el artículo 36, canon III, del código deontológico, proceder en primer lugar a la identificación segura del cliente, acompañando al acta de nombramiento la fotocopia de un documento de identidad.


 

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