El Tribunal Supremo oculta las razones de jubilación forzosa por incapacidad permanente de la juez Lova Ruiz
El Tribunal Supremo se niega a facilitar las 'razones' por las que la juez María Inmaculada Lova Ruiz fue jubilada forzosamente por incapacidad permanente para el ejercicio de sus funciones y actualmente es la titular del Juzgado de instrucción 35 de Madrid.
Por Arte de Birlibirloque... o quizá algo más. Veamos:
Real Decreto 91/2006, de 27 de enero, por el que se declara la jubilación por incapacidad permanente para el servicio de doña María Inmaculada Lova Ruiz.
TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo establecido en los artículos 385.2, 387 y 388 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el artículo 28, 2 c) y 3 e) del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado y demás disposiciones concordantes, por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial adoptado en su reunión del día 25 de enero del año 2006,
Vengo en declarar la jubilación forzosa por incapacidad permanente para el ejercicio de sus funciones judiciales de la Magistrado doña María Inmaculada Lova Ruiz, Titular del Juzgado de lo Social número 4 de Valencia, con efectos del día de su cese y con los derechos pasivos que le correspondan por esta causa.
Dado en Madrid, el 27 de enero de 2006. JUAN CARLOS R. El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR.
Y pasaron los años...
Sorprende, y mucho, que esta magistrada, el 10 de diciembre de 2020, pasara a desempeñar la plaza en el Juzgado de Instrucción número 35 de Madrid, es decir, catorce años después de haber sido jubilada por incapacidad permanente.
¿Qué dice Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado? (…) la jubilación por incapacidad constituye no sólo una situación jurídica del Juez afectado por ella, sino también un necesario medio para garantizar a la ciudadanía la plenitud del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva que proclama el artículo 24 de la Constitución Española.»
El Tribunal Supremo se niega a facilitar las 'razones' por las que esta juez de instrucción pasó de 'jubilada forzosamente por incapacidad permanente' al 'aquí o pasa nada'.
Tal vez, como se cuenta por ahí, 'serán los efectos falquitreros del bálsamo de Fierabrás'. O quizá, las 'razones' pasan por investigar los 'casos' que lleva esta juez. Según nos dicen, la investigación está en marcha.
Más información: Real Decreto 91/2006, de 27 de enero, por el que se declara la jubilación por incapacidad permanente para el servicio de doña María Inmaculada Lova Ruiz.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2006-2912
Fuente / información recopilada por George Boole News
FECHA: a las 18:04h (138 Lecturas)
TAGS: juez, lova, ruiz, tribunal, supremo, juzgado 35, instruccion, incapacidad, permanente
AUTOR: Fuente / información recopilada por George Boole News
EN: Sociedad