Novedades fiscales para el año 2024
El año 2024 empieza con muchas novedades fiscales y tributarias. Hoy os contamos algunas de ellas para que las tengáis en cuenta o solicitéis asesoría fiscal si fuera necesario.
-Aumento del mínimo necesario para tributar en el IRPF
Una de las novedades más importantes a destacar en este nuevo año 2024 es que el mínimo exigido para tributar en el IRPF pasa a ser de 14000 a 15000 euros. Esto significa que las personas cuyos ingresos anuales sean inferiores a 15000 no tendrán la obligación de presentar la declaración de la Renta. Si aun así tienes dudas, consulta con una asesoría fiscal que pueda ayudarte.
-Modelo 721
Los obligados a tributar que tengan criptomonedas en el exterior deben presentar el numero modelo 721 de todos los criptoactivos con los que cuenten en le día 31 de diciembre de cada año. También deben añadir los criptoactivos que hayan tenido en cualquier momento del ejercicio anual.
Esta obligación no es para todos, únicamente es para las personas cuyos criptoactivos superen el valor de 50000 euros, siendo de obligación tanto para personas físicas como para las jurídicas que residan en España.
-Impuesto de solidaridad de las grandes fortunas
Esta es otra de las novedades fiscales del año 2024 y es que se prorroga la aplicación del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas tal y como dispone el Real Decreto-ley 8/2023. Este decreto dispone que en tanto no se produzca la revisión de la tributación patrimonial en el contexto de la reforma del sistema de financiación autonómica, este impuesto queda prorrogado.
Este impuesto grava únicamente a los patrimonios superiores a 3 millones de euros, con un mínimo exento de 700 000 euros y afecta de forma especial a los contribuyentes de regiones donde no esta bonificado. Este impuesto tiene otra novedad y es que es obligatorio presentarlo de manera telemática.
-Deduccion en el IRPF por alquiler de viviendas
En 2024 veremos reducido del 60% al 50% la deducción en el IRPF de los ingresos netos. Esto quiere decir que el propietario del inmueble puede deducirse en la renta hasta el 50% de la diferencia que exista entre los ingresos y los gastos de alquiler
Hay que tener en cuenta que esta deducción sólo se aplica a los contratos de alquiler realizados a partir del día 1 de enero, mientras que los que se hayan firmado antes mantendrán la deducción del 60%.
También debes saber que si los propietarios tienen una casa alquilada en una zona tensionada y rebajan un 5% el precio del alquiler con respecto a la última renta, se puede aplicar la deducción del IRPF de hasta un 90%.
Además se puede aplicar una deducción del 60% en casos en los que la casa haya sido rehabilitada dos años antes a la firma del contrato de alquiler.
-Exención del impuesto de sucesiones y donaciones en CCAA
Una de las novedades únicamente a tener en cuenta en algunas CCAA es que los contribuyentes de Islas Baleares, Aragón, La Rioja y Valencia no tendrán que pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones ya que los gobiernos de estas comunidades han aprobado bonificaciones de entre el 99% y el 100%
Estas son sólo algunas de las novedades fiscales que nos trae el año 2024. Para hacer frente a ellas, muchas veces puede ser necesario contar con la ayuda de un asesor fiscal.
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