Declaración IRNR vs. Declaración IRPF

Hablemos de impuesto sobre la renta de no residentes (Declaración IRNR) es un tributo establecido en España, de carácter directo que grava la renta obtenida en territorio español por las personas físicas y entidades no residentes en el mismo.
La regulación básica del real decreto legislativo. 5/2004 de 5 de marzo de 2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
Real Decreto 1776/2004 de 30 de julio de 2004, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
En materia del Impuesto sobre la renta de no residentes, es necesario tener en cuenta además de la legislación interna, los diferentes Convenios internacionales de doble imposición suscritos por el Estado español con otros Estados y que estén en vigor. Estos Tratados, que tratan de evitar la doble imposición que se produce por la concurrencia de dos o más soberanías fiscales sobre una misma renta, se aplican con preferencia a la legislación interna, dada su primacía, pero sólo para mejorar lo en ella previsto.
Un residente en Francia obtiene ingresos por alquiler de una vivienda situada en España. Como residente en Francia tributará por su renta mundial, incluido el alquiler español. Pero a su vez el alquiler de un inmueble situado en España también estará sujeto a tributación en España. En este caso se produce una doble imposición que se resuelve con el Convenio de Doble Imposición entre Francia y España
Un pensionista británico tiene sus ahorros y cobra su pensión en Inglaterra, pero vive en España todo el año. Según la normativa del Reino Unido será residente en Inglaterra, pero también por la normativa española será residente en España, se produce un conflicto de residencia fiscal que se resuelve por aplicación del artículo 4 del CDI entre España y el Reino Unido.
El declaración IRPF es un impuesto que tenemos que pagar todos los ciudadanos por la obtención de ingresos, bien sean obtenidos por cuenta ajena (los asalariados) o ingresos por cuenta propia (autónomos, empresarios, profesiones liberales…), por plusvalías obtenidas de su patrimonio (venta de una vivienda), prestaciones públicas (prestación por desempleo o jubilación), por rentas del capital, etc.
Este impuesto grava la suma de todos los ingresos obtenidos durante el año pasado, aplicando un porcentaje de forma progresiva a la renta, cuyo resultado es lo que se llama cuota íntegra; después, se restan una serie de deducciones por ciertos conceptos, como tener hijos o haber realizado inversión en primera vivienda. Este importe, una vez aplicadas estas deducciones, es lo que se llama la cuota líquida, que será el importe anual final que pagamos en concepto de IRPF.
FECHA: a las 17:50h (550 Lecturas)
TAGS: asesor de herencias en barcelona, Declaración IRNR, Declaración IRPF